Calculadora del modelo 303

Cuánto IVA te toca pagar este trimestre. Suma tus bases de ventas y de gastos y listo.

IVA de tus ventas (lo que has facturado)
0,00 €
Otros tipos (10 %, 4 %)
0,00 €
0,00 €
IVA de tus gastos (facturas a tu nombre)
0,00 €
Otros tipos y compensaciones
0,00 €
0,00 €
IVA cobrado (repercutido)
0,00 €
IVA de gastos (deducible)
0,00 €
Compensación anterior
0,00 €
Resultado
0,00 €

Rellena tus bases y verás cuánto te toca.

Plazo de presentación: consulta la tabla de abajo.

🔒 100 % privado: el cálculo se hace en tu dispositivo y tus importes no se envían a ningún servidor. Régimen general de IVA, cálculo orientativo, no es asesoría fiscal.

Cómo funciona

  1. Suma tus ventas

    Las bases (sin IVA) de las facturas que emitiste en el trimestre.

  2. Suma tus gastos

    Las bases de las facturas de gastos de tu actividad.

  3. Mira el resultado

    Lo que pagas, o lo que te queda a compensar, y el plazo.

Qué es el modelo 303 y cómo se calcula

El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA. En él le dices a Hacienda cuánto IVA has cobrado a tus clientes y cuánto has pagado en los gastos de tu actividad. La diferencia es lo que ingresas.

La cuenta es: IVA repercutido − IVA soportado deducible. Si en el trimestre facturaste 10.000 € de base al 21 %, cobraste 2.100 € de IVA. Si tus gastos sumaron 2.000 € de base al 21 % (420 € de IVA) y 500 € al 10 % (50 € de IVA), puedes deducir 470 €. Resultado: 2.100 − 470 = 1.630 € a ingresar.

Por qué trabajar con bases y no con totales

En cada factura aparece la base imponible por separado. Si sumas las bases de tus facturas de un mismo tipo de IVA y las metes en la calculadora, el resultado coincide con lo que verás en la declaración. Si solo tienes el total de una factura, usa la calculadora de IVA en modo «Total a cobrar» para sacar la base.

Qué IVA puedes deducir

Solo el de gastos vinculados a tu actividad y justificados con una factura completa a tu nombre y con tu NIF. Material, herramientas, software, la cuota del asesor o el alquiler de tu local son deducibles. Las comidas personales, la ropa de diario o un tique simplificado del supermercado, no.

Si te sale negativo

Si has pagado más IVA del que has cobrado (por ejemplo, el trimestre en que compraste un ordenador caro), el resultado es a compensar: lo restarás en tus próximos 303. Solo en el cuarto trimestre puedes pedir la devolución del saldo que te quede.

Plazos del modelo 303

TrimestrePlazo
1.º (enero–marzo)1–20 de abril
2.º (abril–junio)1–20 de julio
3.º (julio–septiembre)1–20 de octubre
4.º (octubre–diciembre)1–30 de enero del año siguiente

Si el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo pasa al siguiente día hábil. Si domicilias el pago en tu banco, el plazo termina unos días antes.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el modelo 303?

Sumas el IVA que has cobrado en tus facturas del trimestre (IVA repercutido) y le restas el IVA que has pagado en gastos de tu actividad (IVA soportado). Si sale positivo, lo pagas; si sale negativo, lo compensas en los siguientes trimestres.

¿Cuándo se presenta el modelo 303?

Del 1 al 20 de abril (1.er trimestre), del 1 al 20 de julio (2.º), del 1 al 20 de octubre (3.º) y del 1 al 30 de enero (4.º). Si el último día es festivo o fin de semana, el plazo pasa al siguiente día hábil. Si domicilias el pago, el plazo termina unos días antes.

¿Qué pasa si el resultado sale negativo?

En los tres primeros trimestres solo puedes compensarlo: lo restarás en el siguiente modelo 303. En el cuarto trimestre puedes elegir entre compensarlo el año siguiente o pedir que Hacienda te lo devuelva.

¿Qué gastos puedo deducirme?

Los relacionados con tu actividad y justificados con factura completa a tu nombre y NIF: material, software, asesoría, alquiler del local, suministros afectos, etc. Los tiques simplificados y los gastos personales no permiten deducir el IVA.

¿Tengo que presentarlo si no he facturado nada?

Sí. Mientras estés dado de alta en una actividad con IVA, debes presentar el modelo 303 cada trimestre aunque salga a cero (declaración sin actividad).

¿Esta calculadora sustituye a la declaración?

No. Te da una estimación para saber cuánto dinero reservar. La declaración se presenta en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con tus datos y certificado o Cl@ve.

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